"Devolver a una persona a otro país sin identificarla primero no es legal ni con la reforma de Extranjería"

La representante en España del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), Francesca Friz-Prguda, explica en una entrevista con Europa Press que "devolver a una persona a otro país sin identificarla primero no es legal ni ahora con la reforma de la Ley de Extranjería ni lo era antes de que existiera". En línea con el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, opina que esta práctica debe desaparecer.

Se refiere a las devoluciones automáticas de migrantes interceptados en el salto de las vallas de Ceuta y Melilla, las conocidas como "devoluciones en caliente", y que motivaron una reforma de la Ley de Extranjería que introdujo la nueva figura jurídica del rechazo en frontera, vigente desde abril de 2015.

Esa modificación, introducida mediante una enmienda, especifica que las fuerzas policiales pueden rechazar a una persona interceptada en el salto de las vallas. No obstante, matiza que "en todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte".

Friz-Prguda insiste en que "no puede decirse que la enmienda a la Ley de Extranjería haya permitido o permita las devoluciones automáticas porque es una práctica contraria a todas esas normas internacionales que el propio texto legal dice que hay que respetar".

Señala que esto concierne a todo el cuerpo jurídico en materia de derechos humanos en general y derecho de asilo en particular que ha suscrito España a nivel internacional y también a su propia normativa interna tanto de extranjería como de protección internacional, que busca garantizar el acceso a protección de quienes la necesitan.

En este sentido, incide en que para aplicar correctamente la enmienda de la Ley Extranjería y cumplir así con las obligaciones de España, las autoridades deben "garantizar la identificación, un expediente individualizado, asistencia jurídica, de intérprete y la posibilidad de solicitar asilo antes de determinar que la persona puede ser expulsada".

"Es en definitiva, el respeto al principio de no devolución de una persona a un tercer país donde corra riesgo su vida o su integridad. No puedes saber si estás o no cumpliendo el principio de no devolución si no sabes a quién devuelves y en qué condiciones", afirma.

Sin embargo, según el propio ACNUR y el Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, esto no se está produciendo. "Hemos expresado reiteradamente nuestra preocupación pero sin impacto por parte de las autoridades", señala en relación a los comunicados que la institución ha venido emitiendo tras cada salto de las vallas en que las personas han sido devueltas a Marruecos sobre la marcha.

FALTA UN MECANISMO DE IDENTIFICACIÓN

Incide en la importancia de "tener un mecanismo que identifique las necesidades de las personas que intentan acceder de manera irregular a España incluido, pero no solo, a través de las vallas". "Las autoridades deberían considerarlo porque con un mecanismo así se puede conciliar el acceso a la protección internacional, el respeto a la legalidad y la gestión soberana de la frontera, que es compleja", añade.

La representante del ACNUR afirma además que no puede compartir la tesis del Ministerio del Interior, según la cual las personas que saltan la valla no tendrían derecho a asilo porque de otro modo, acudirían a las oficinas de protección internacional abiertas 'ad hoc' en las fronteras de Ceuta y Melilla.

"Hasta ahora no ha habido ninguna persona subsahariana que pudiera acercarse por el puesto fronterizo de Beni Enzar o por el puesto fronterizo de El Tarajal y pedir asilo. Llama la atención que haya habido tantas personas de países subsaharianos saltando la valla y ninguna en el puesto fronterizo, que sería lo más fácil", plantea.

"Sólo hay que mirar las cifras de desplazados de África --prosigue Friz-Prguda--. Sudán del Sur, República Centroafircana, Somalia, Nigeria, Burundi, Sudán, República Democrática del Congo y Mozambique están hoy emitiendo refugiados. Algunas de estas personas podrían estar entre quienes han intentado entrar en España y pedir protección. Rechazarles en la frontera no es respetar el principio de no devolución", afirma.

Conforme recuerda, "el derecho a buscar asilo es universal, independientemente de cómo entres en un país y de donde seas y para saber si una persona es un refugiado, hay que identificarla, abrirle un expediente y permitirle entrar en el procedimiento". "Además la Convención de Ginebra establece que no se debe penalizar la entrada irregular de un refugiado a un país para pedir asilo", añade la representante del ACNUR.

-europapress.es

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