El Gobierno formaliza los criterios de distribución del Fondo de Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes

El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha acordado formalizar los objetivos y la distribución del crédito presupuestario de 70 millones de euros del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes para el año 2010, así como al refuerzo educativo de los mismos, de conformidad con lo establecido en la Ley General Presupuestaria.

Con esta dotación presupuestaria se pretenden financiar las actuaciones que realicen las comunidades autónomas españolas para fomentar el desarrollo de políticas de integración de las personas inmigrantes en los ámbitos de: acogida; integración en los ejes de empleo vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y desarrollo; y refuerzo educativo.

En cuanto a los criterios de distribución, la cuantía total que se distribuye entre las comunidades autónomas se realiza en tres partidas:

- 41.208.600 euros para “Acogida e Integración”
- 27.472.400 euros para “Refuerzo Educativo”
- 1.319.000 euros para “Atención a menores extranjeros no acompañados” en el marco del Programa especial para la atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias.

El criterio fijado es establecer una asignación básica para cada comunidad autónoma en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las comunidades en las que haya una presencia menor de inmigrantes cuenten en todo caso con una aportación estable.

Por su parte, la partida de refuerzo educativo se asigna en función de los siguientes criterios: el número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria por comunidad autónoma y el número de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria procedente de países no castellanohablantes por comunidad autónoma.

Consulta el cuadro de asignaciones por comunidades autónomas.



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