VIRGINIA MOLINERO Vuelo Estambul-Madrid.-
Al aterrizar, todos los pasajeros cogen su equipaje de mano y se disponen a salir del aparato. En la puerta del avión, encima del fi nger, dos agentes piden la documentación a los ciudadanos no comunitarios que desembarcan. La Policía, encima de la escalerilla, en territorio español; los viajeros, encima de la puerta del aeroplano. Separados por un metro de longitud real, pero por un abismo legal en cuanto al Derecho internacional. Es un “vuelo caliente”, afi rman a Sí fuentes jurídicas.
“Esta situación se da en vuelos que pueden cargar a un importante número de inmigrantes y, de esta forma, se controla de una manera más efi caz a los posibles indocumentados”, afi rman fuentes jurídicas. Cuando se detectan ciudadanos sin la documentación necesaria, los transportistas están legalmente obligados a hacerse cargo de la manutención del pasajero, debiendo devolverle al Estado donde hubiera embarcado o bien a aquél que le ha expedido el pasaporte. Las compañías deben realizar el control de la documentación de viaje, el pasaporte, el título de viaje o el documento de identidad del viajero.
“Cuando llega una persona sin la documentación necesaria, los transportistas son sancionados, y lo que habitualmente sucede es que continúan el procedimiento recurriendo la pena impuesta y dilatando el procedimiento lo legalmente posible”, afi rma Mónica del Castillo, letrada de la Asociación Profesional de Abogados de Extranjería de Madrid. Por este tira y afl oja, las aerolíneas también están endureciendo sus controles de identidad a la hora de embarcar, e incluso están impidiendo a algunos ciudadanos que a priori cumplen los requisitos poder tomar un vuelo.
Este caso es el que denuncia el colombiano Lalo Alberto Cerón. A este sudamericano, que cuenta con estatuto de refugiado en vigor, no le permitieron subir a un vuelo con destino Fuerteventura el pasado 3 de junio, por desconocer el personal de la aerolínea la naturaleza del documento de viaje expedido por el Estado español que le acredita como refugiado, según explica el afectado. “El trabajador me pedía que entregara mi pasaporte colombiano. Dicho empleado parece ser que desconoce que es completamente incompatible estar en posesión de dicho documento con la condición de refugiado que consta en mi tarjeta de residencia”, afi rma Cerón. Las denuncias continuas de ciudadanos extranjeros que aseguran cumplir todos los requisitos, pero que han sido rechazados en la frontera aeroportuaria, son habituales entre las ONG, así como las reclamaciones por el trato recibido por estas personas y las instalaciones donde esperan ser devueltos a sus países. La sala de los inadmitidos Jorge Luis Parisi, de 18 años, llegó procedente de Argentina al aeropuerto de Madrid-Barajas el pasado 1 de junio para visitar a su padrastro, que vive en la ciudad de Vigo.
“Traía billete de avión de ida y vuelta con regreso para el 13 de ese mismo mes, con reserva de hotel, con 1.700 euros y con una extensión de visa por si necesitaba más dinero”, afi rma el coordinador del Movimiento Argentinos en el Exterior, Lois Pérez Leira. Según esta organización, el exceso de celo policial negó a este joven poder pasar unos días con sus familiares afi ncados en España. Parisi, al igual que otros muchos ciudadanos extranjeros, debió esperar su vuelo de vuelta en la sala de inadmisiones y asilo de las terminales 1 y 4 del aeropuerto de la capital madrileña. El máximo de tiempo que se puede estar en estas dependencias es de 72 horas. “Hay una situación que se está dando respecto a los familiares directos de ciudadanos españoles, de origen o nacionalizados. Normalmente, la motivación del viaje es estar con sus seres queridos, pero la autoridad policial realiza preguntas de carácter turístico y se deniega la entrada en base al argumento de no cumplir con los requisitos de entrada a que se sujeta este tipo de viaje, cuando no debiera exigirse más que la acreditación del parentesco con el ciudadano español, en los supuestos de padres, suegros e hijos”, afi rma Del Castillo. No tener toda la documentación en regla es el motivo generalizado de no permitir la entrada en territorio español, aunque, en ocasiones, se producen excepciones. Parisi no pudo acceder por “no cumplir todos los requisitos exigidos”, según declararon fuentes de la Jefatura Superior de Policía.
Denegaciones subjetivas
“Los abogados que actuamos en Barajas nos encontramos con denegaciones que se basan en criterios objetivos, como el hecho de no reunir la cantidad mínima exigida para la duración de la estancia, no contar con carta de invitación o con una reserva sufi ciente de hotel, en los casos de viaje turístico, que son mayoría, o no contar con un documento de ingreso válido, en el caso de los pasaportes. Y motivos subjetivos que surgen durante la entrevista al pasajero, a quien se le pone en el punto de mira si no se ha leído la típica guía de viajes y no conoce la variedad de monumentos que hay en la geografía española”, apunta Del Castillo. “De todas formas, vemos que se pueden producir casos extremos, como el de una solicitante de asilo que estuvo retenida durante 29 días en Barajas”, afi rma la letrada. La situación de crisis económica ha hecho, según los abogados consultados por Sí, “que se recrudezcan los controles”.
“La discrecionalidad con que se trabaja en frontera sigue siendo excesiva. Como profesionales del Derecho, podemos entender que están amparados por la legalidad y que se pueda realizar un control de ingreso a territorio español como primera frontera de ingreso a territorio Schengen. Lo que no es admisible es que, una vez que se entra en la sala de inadmitidos, el pasajero tenga que demostrar su no culpabilidad. En muchas ocasiones es sujeto a un interrogatorio que peca de tendencioso y muchas veces no se le permite presentar documentación que se encuentra en su equipaje y demostraría los motivos de su viaje”, concluye Del Castillo.
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