Los hijos de bolivianos nacidos en el Estado español ya no podrán obtener la nacionalidad española de origen. Una circular de la dirección general de Registros y Notariados da órdenes de que se rechacen todas las solicitudes de obtención de la nacionalidad por el mecanismo de simple presunción.
Bolivia se suma así a otros países latinoamericanos como Ecuador y Chile que recientemente han visto cómo sus ciudadanos residentes en España han perdido esta vía de obtención de la nacionalidad española para su descendencia.
Las circulares dan respuesta a los cambios constitucionales sucedidos en diversos países latinoamericanos, en su mayoría pertenecientes a la Alianza Bolivariana para las Américas (ALBA), por los que el país de origen pasa a reconocer la nacionalidad de los hijos de sus ciudadanos nacidos en un país extranjero. Estos cambios tratan de adecuar las diferentes legislaciones nacionales a la Convención Internacional de Derechos del Niño, que prescribe la protección de los niños que por diversos motivos pudieran adquirir la condición de apátridas.
El Estado español reconocía la nacionalidad a los hijos de bolivianos residentes en España en cumplimiento también de esta prescripción. Con la nueva constitución boliviana y su extensión de la nacionalidad a la descendencia nacida fuera de territorio boliviano, las autoridades españolas han considerado finalizada su obligación de tutela sobre estos menores.
Reacciones en la comunidad latinoamericana
La prensa latinoamericana editada en el Estado español ha reaccionado con fuertes críticas a este aspecto de las reformas constitucionales de Ecuador, Chile (no perteneciente al ALBA) y Bolivia. En el mejor de los casos, se alude a la inconsciencia de los constituyentes de dichos países al no prever la reacción española en un momento de endurecimiento de las políticas de inmigración.
Los padres podrán seguir nacionalizando a sus hijos nacidos en territorio español, si bien el procedimiento de nacionalidad por residencia se puede demorar hasta un año. Además, tal y como reconoce un documento jurídico manejado por el Gobierno ecuatoriano, el reconocimiento de la nacionalidad por esa vía deja de ser una obligación de las autoridades españolas y se convierte en un acto administrativo discrecional.
Representantes de los países afectados han expresado su preocupación por las medidas adoptadas. Ecuador ha mantenido contactos con el Gobierno español para llegar a un acuerdo que evite el alargamiento del trámite a un año.
Bolivia se suma así a otros países latinoamericanos como Ecuador y Chile que recientemente han visto cómo sus ciudadanos residentes en España han perdido esta vía de obtención de la nacionalidad española para su descendencia.
Las circulares dan respuesta a los cambios constitucionales sucedidos en diversos países latinoamericanos, en su mayoría pertenecientes a la Alianza Bolivariana para las Américas (ALBA), por los que el país de origen pasa a reconocer la nacionalidad de los hijos de sus ciudadanos nacidos en un país extranjero. Estos cambios tratan de adecuar las diferentes legislaciones nacionales a la Convención Internacional de Derechos del Niño, que prescribe la protección de los niños que por diversos motivos pudieran adquirir la condición de apátridas.
El Estado español reconocía la nacionalidad a los hijos de bolivianos residentes en España en cumplimiento también de esta prescripción. Con la nueva constitución boliviana y su extensión de la nacionalidad a la descendencia nacida fuera de territorio boliviano, las autoridades españolas han considerado finalizada su obligación de tutela sobre estos menores.
Reacciones en la comunidad latinoamericana
La prensa latinoamericana editada en el Estado español ha reaccionado con fuertes críticas a este aspecto de las reformas constitucionales de Ecuador, Chile (no perteneciente al ALBA) y Bolivia. En el mejor de los casos, se alude a la inconsciencia de los constituyentes de dichos países al no prever la reacción española en un momento de endurecimiento de las políticas de inmigración.
Los padres podrán seguir nacionalizando a sus hijos nacidos en territorio español, si bien el procedimiento de nacionalidad por residencia se puede demorar hasta un año. Además, tal y como reconoce un documento jurídico manejado por el Gobierno ecuatoriano, el reconocimiento de la nacionalidad por esa vía deja de ser una obligación de las autoridades españolas y se convierte en un acto administrativo discrecional.
Representantes de los países afectados han expresado su preocupación por las medidas adoptadas. Ecuador ha mantenido contactos con el Gobierno español para llegar a un acuerdo que evite el alargamiento del trámite a un año.
0 Comentarios