El Consejo de Empadronamiento fijó una lista de siete documentos que los inmigrantes podrán presentar al empadronarse para demostrar que residen en un municipio antes del 8 de agosto -requisito del proceso de regularización-, entre los que figuran una tarjeta sanitaria o una orden de expulsión por estancia irregular no ejecutada.
Según informó el Instituto Nacional de Estadística en un comunicado, tras una reunión de más de seis horas la comisión permanente del Consejo acordó que se aceptará también solicitud de empadronamiento no resuelta o denegada, solicitud de escolarización de menores, certificado de un informe de los servicios sociales y alta laboral en la Seguridad Social o solicitud de asilo.
La fecha de alta en el padrón será de la del día en que se solicite, pero el certificado de empadronamiento incluirá referencia a los documentos citados, que tendrán que ser originales o copia compulsada, haber sido emitidos por una administración pública española y contener los datos de identificación del interesado. [El Mundo.es]
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