Trabajo reduce la contratación en origen de inmigrantes en un 80%

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El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha aprobado la orden que regula la Contratación Colectiva en Origen de trabajadores extranjeros de régimen no comunitario en España para 2010, que contempla únicamente la realización de 168 contratos, un 80% menos respecto a lo aprobado en 2009 (901 empleos), según publica hoy el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La cifra de 168 puestos de trabajo de carácter estable, que puede ser objeto de modificaciones dependiendo de la evolución anual de las necesidades del mercado de trabajo, viene a reflejar, según Trabajo, que la prioridad del Gobierno en materia de empleo se centra en la recolocación interna y tan solo se incluyen aquellas ocupaciones demandadas ante la falta de candidatos en el marcado laboral español. También se constata la tendencia hacia una mayor cualificación en los puestos demandados por los empleadores.

El Gobierno, a través de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, establece la cifra provisional de las ocupaciones y cifras previstas de contratación a través de este procedimiento, teniendo en cuenta la situación nacional de empleo y al que sólo tendrán acceso aquellas personas que se encuentren fuera de España.

La previsión de Contratación Colectiva de Trabajadores para 2010 se ha realizado teniendo en cuenta las solicitudes de las comunidades autónomas y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas que forman parte de la Comisión Laboral Tripartita de Inmigración.

El mayor volumen de contrataciones de extranjeros en sus países de origen se realiza en cualquier coyuntura económica mediante otras vías como el Régimen General o la contratación de temporada, no obstante, el Contingente permite la contratación programada de trabajadores, que no se hallen ni residan en España, para desempeñar empleos con vocación de estabilidad y que serán seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas genéricas presentadas por los empresarios.

Las ofertas de trabajo de carácter estable, que tendrán una duración no inferior a un año, serán tramitadas por la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, a través de la Dirección General de Inmigración. La orden que publica hoy el BOE sustituye, de acuerdo a la Reforma de la Ley de Extranjería, el Acuerdo del Consejo de Ministros de Contingente tal y como se venía efectuando con anterioridad.

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