¿Te imaginas que en otros países existieran centros en los que encerraran a los españoles que han emigrado en busca de un futuro mejor? Parece imposible, pero no lo es. En nuestro país ya existen, se llaman ‘Centros de Internamiento de Extranjeros (CIEs)’. Los CIEs no son más que cárceles racistas que atentan contra el Estado de Derecho.
Para visibilizar esta realidad se ha promovido el primer día contra los CIEs, con la intención de que todos aquéllos que quieran puedan sumarse a ella.
Los actos programados para el 15 de junio (disponibles en la web y que se ampliarán a lo largo de la semana) son abiertos y descentralizados, por eso se desarrollarán a lo largo de todo el Estado en ciudades como Oviedo, Burlada, Iruña, Valencia y Barcelona, etc.
En Madrid muchas y muy diversas organizaciones y personas han sumado su esfuerzo con propuestas tan diversas como una Milonga (una clase abierta de tango) a las 17 horas en la Plaza de Cabestreros (Lavapiés); una batucada en el Cerro del Tío Pío también a las 17 horas (más conocido como el ‘Parque de las Tetas’ en Vallecas) o un Pasacalles en el Bulevar del Puente de Vallecas a las 12 horas.
Las organizaciones que firmamos la presente nota de prensa convocamos para este día una concentración a las 19 horas en la Puerta del Sol, donde las distintas asociaciones leerán un comunicado denunciando la oscura realidad de estos centros de internamiento, y donde los asistentes podrán disfrutar de la música de
Madera de Cayuco.
La acción está promovida por Brigadas Vecinales de Observación de derechos Humanos, Comisión CIE de Ferrocarril Clandestino, Pueblos Unidos y SOS Racismo Madrid, aunque recordamos que todo el mundo puede sumarse al 15J con pequeñas o grandes acciones.
Más información:
Cuenta temporal: @15JNoCIE
Cuentas permanentes: @CIEsNoMadrid @TanquemElsCIEs @CIEsNO
La Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) tiene sólo 30 artículos… y los CIE violan al menos 8 de ellos.
Artículo 1 Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros. | La existencia de los CIEs supone un trato desigual a las personas al encarcelar a extranjeras/os en situación de irregularidad que no han cometido ningún delito. Además a estas personas más vulnerables en vez de apoyarlas, se les castiga con el internamiento en condiciones materiales inhumanas, sufriendo por tanto una discriminación múltiple. |
Artículo 2 1. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color,sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. | Los CIE son un ejemplo de discriminación porque se detiene y encierra a las personas basándose en su nacionalidad y a sus rasgos étnicos, criminalizando la inmigración. Los malos tratos que reciben de las autoridades es fruto del racismo al considerarles inferiores, abusando de su poder y pisoteando sus derechos. Además dentro de los CIE los abusos policiales parten frecuentemente de la intolerancia y de los estereotipos ya que de los testimonios recogidos se deduce el maltrato verbal y el uso frecuente de la fuerza que se repite tanto en la fase de detención como en las de internamiento y expulsión. |
Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.Los derechos a la libertad y a la seguridad personales están reconocidos no sólo en la Declaración Universal de Derechos Humanos sino también en el art. 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todas y todos los trabajadores migratorios y sus familias, que ningún país europeo ha firmado. | Los CIE son un agravio al derecho a la vida porque, al tener detenidas a las personas sin los derechos que corresponden a una persona privada de libertad, se deteriora su vida en la parte física y psíquica porque se está castigando desproporcionadamente por una falta administrativa. Este deterioro del derecho a la vida se percibe en las restricciones de su derecho a la salud, los malos tratos e incluso en la muerte de varias personas. Debe por tanto abolirse el internamiento en el CIE y ser sustituido por otras medidas cautelares que sean compatibles con el derecho a la libertad y seguridad de las personas y que no sean discriminatorias, tales como: notificación periódica a las autoridades, el depósito de una garantía financiera, o la obligación de permanecer en un domicilio designado, un centro abierto u otro tipo de vivienda especial. |
Artículo 5 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. | Las condiciones y casos que se han presentado en los CIE se encuadran en los elementos de la tortura, ya que con el castigo de la privación de la libertad y por las condiciones del internamiento, se está realizando un castigo ejemplar para desmotivar la migración y demostrar el poder, abusando del mismo, en contra de un sector concreto de la población. Según distinta jurisprudencia de orden internacional y nacional, el ser humano tiene el derecho a la integridad frente a la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes. Sin embargo, según los testimonios de los distintos informes de las organizaciones de la sociedad civil se hace referencia a numerosos casos de tortura, malos tratos y otros delitos que han sido cometidos por los agentes de policía encargados de la seguridad del centro abusando de su cargo y, en la mayoría de los casos, por razones basadas en algún tipo de discriminación. |
Artículo 6 Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica. | La personalidad jurídica se vulnera en los CIE al negarle el reconocimiento de ser sujetos de derechos. En el CIE las personas se designan por un número lo cual atenta contra su dignidad porque los pone a nivel de objetos y no de personas. |
Artículo 10 Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal. | Muchas de las personas que han estado en los CIE declaran que no han tenido la suficiente información cuando se les detuvo, no contaron con intérpretes ni con abogados o abogadas con experiencia o que hacen un seguimiento posterior y alegan no saber nada de sus casos. Tampoco pueden acceder fácilmente juez y al fiscal, a sus abogados/as, familiares y a las organizaciones de la sociedad civil. Su derecho a un recurso efectivo y a un debido proceso se ve, así, negado. |
Artículo 12 Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques. | Se trata de detenciones arbitrarias en las que a las personas se les despoja de la intimidad y privacidad en sus comunicaciones. Además las visitas están restringidas y no existe la posibilidad de tener vida familiar. |
Artículo 25 1, Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. | En los CIE no existe la debida atención sanitaria o psicosocial. También se producen muchas quejas sobre la calidad de la comida, la falta de vestido, de actividades de ocio y sobre las instalaciones, ya que indican que están mal aisladas del frío, hay falta de luz y ventilación y hacinamiento en las celdas, etc. No se respetan los derechos económicos, sociales y culturales de las personas internadas, en particular el derecho de acceso en condiciones de igualdad a la salud pública, la asistencia médica, la seguridad social y los servicios sociales a que tiene derecho toda persona privada de libertad. |
http://carcelesracistas.org/sabias-que/sabias-que-los-cie-violan-al-menos-8-articulos-de-la-declaracion-de-los-derechos-humanos/
Fuente: http://www.kaosenlared.net/component/k2/item/59997-los-cie-son-c%C3%A1rceles-racistas-donde-se-violan-al-menos-8-de-los-30-art%C3%ADculos-de-la-declaraci%C3%B3n-de-los-derechos-humanos.html
0 Comentarios