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El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha suprimido del borrador del Reglamento que desarrolla la Ley de Extranjería a las personas con discapacidad, concretamente, en los artículos que hacen referencia a los familiares reagrupables, habiéndose introducido ya en la norma reformada en 2009.
Según ha indicado el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), en relación al artículo sobre los supuestos por los que se concedería la autorización de residencia de larga duración a algunos extranjeros, "es necesario ampliar el radio de acción de la norma para que se incluyan en el mismo las situaciones de incapacidad permanente en la modalidad no contributiva, que afecta fundamentalmente a las personas con discapacidad con más necesidades de apoyo".
Por este motivo, la organización ha elaborado un documento de propuestas, transmitido a la secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, con el objetivo de "modificar el borrador" a fin de que sean incorporadas al texto que finalmente apruebe el Gobierno.
En cuanto a la garantía de accesibilidad y no discriminación para personas con discapacidad, el CERMI considera "necesario" que se garantice a los inmigrantes con discapacidad la no discriminación en relación a los inmigrantes que no tienen una discapacidad.
Así, reconoce que, aunque el Reglamento no contiene cláusulas discriminatorias directas, "deben ponerse los medios para garantizar la no existencia de discriminaciones indirectas", prohibidas también por la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, "lo que afecta a la accesibilidad de los extranjeros a las oficinas consulares o nacionales, así como a los procedimientos que se transmiten en las mismas".
Por último, explica que los extranjeros no residentes están excluidos de la posibilidad de acceder a la declaración, reconocimiento y calificación del grado de minusvalía, "lo que origina dificultades enormes para la integración social de estas personas, al no poder acceder al sistema de dispositivos, servicios y recursos establecidos a este fin".
En relación a las situaciones de discapacidad sobrevenida, el CERMI plantea que los extranjeros no residentes que acrediten "fehacientemente" que han adquirido una discapacidad durante su permanencia en territorio español podrán solicitar el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
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